viernes, 2 de noviembre de 2012


Que pasara si se aplica el "ojo por ojo y diente por diente" alguno a pensado?


Queda también prohibida la pena de muerte por delitos políticos, y en cuanto a los demás, sólo podrá imponerse al traidor a la Patria en guerra extranjera, al parricida, al homicida con alevosía, premeditación y ventaja, al incendiario, al plagiario, al salteador de caminos, al pirata y a los reos de delitos graves del orden militar.

(Acaso un salteador de caminos contemporáneo no podrían ser aquellos que vestidos de policias o militares instalan retenes falsos en los caminos para despojar a la gente de sus pertenencias o a los trailers de su mercancía; y en caso de que sea así, ¿cómo se aplicaría esta pena en nuestro país?

La última vez que se aplicó en un militar fue en 1961 al soldado de Infantería Isaías Constante Laureano, y fue ejecutado en el paredón de la Sexta Zona Militar de la ciudad de Saltillo. Su última petición fue que no le vendaran los ojos para morir viendo el alba.

Pena de Muerte
En México, la Constitución General en su articulo 22 capitulo uno, prevé la pena de muerte en los siguientes casos: "traidor a la patria en guerra extranjera, parricidio homicidio con alevosía premeditación y ventaja, al incendiario, plagiario (secuestrador), el salteador de caminos, el pirata y los reos de delitos graves del orden militar" (Cortina, 2002). Sin embargo esto no se aplica, en consecuencia no existe. Ya que para "delitos gravísimos, en su lugar se ha colocado la privación de la libertad por un numero considerable de años"(Márquez, 2002).
Márquez (2002), opina que "es tiempo de analizar el tabú y mito para que examinemos con cuidado la posible instalación de esta institución que en muchos países funciona".
Las anteriores consideraciones hacen que las opiniones se dividan en dos bandos: abolicionistas y partidarios de esta ley.
Los partidarios a la pena de muerte señalan que la aplicación de este castigo es valida a un delincuente que haya atentado gravemente en contra de la sociedad porque:
a. Todos tenemos derecho a defendernos de las agresiones que atentan contra nuestra vida.

DEFINICION

Pena Capital - Pena de Muerte.- "Sanción penal que ordena la privación de la vida al delincuente. Ejecución que tiene muchas variantes, pero en común deben matar a quien se aplique". Privación de la vida impuesta por los tribunales del Estado. La pena consiste en ejecutar al condenado. La pena de muerte, es "la sanción jurídica capital, la más rigurosa de todas, consiste en quitar la vida a un condenado mediante los procedimientos y órganos de ejecución establecidos por el órden jurídico que la instituye." Para Ignacio Villalobos la pena de muerte o pena capital es: "la privación de la vida o supresión radical de los delincuentes que se considera que son incorregibles y altamente peligrosos".
Por lo tanto se concluye que la pena de muerte es la eliminación definitiva de los delincuentes que han demostrado ser incorregibles y por lo tanto un grave peligro para la sociedad.




Conclusion: que se desatara una gerra por vengar a su familiar o amigo y aki lo esxplica estos videos...


1 comentario:

  1. bueno en a sociedad es muy conocido esto de ojo por ojo diente por diente que bueno que lo explicas muy bien y con este video mejor asi nos damso cuenta que la venganza es mala .

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